Reglamento General Red sobre Internacionalización y Movilidades Académico-científicas (RIMAC)

(Proyecto Redes Temáticas CONACYT Nº 260402)

 

15 de diciembre de 2014

La Red sobre Internacionalización y Movilidades Académico-científicas (RIMAC) es una iniciativa financiada por el programa de Redes Temáticas del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT) a través del Proyecto No. 260402 (antes 243709). Su coordinación general está adscrita al Departamento de Investigaciones Educativas (DIE) del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (CINVESTAV) del Instituto Politécnico Nacional (IPN). Durante la reunión constitutiva de la RIMAC, celebrada en México D.F., en las instalaciones del DIE-CINVESTAV, los días 27 y 28 de octubre 2014, los asistentes acordaron como principios y esquemas de funcionamiento de la Red los siguientes:

Artículo 1. Propósitos de la Red.

La RIMAC tiene como propósitos realizar investigaciones y llevar a cabo acciones de consultorías, asesorías y expertises relativas a los programas y políticas de internacionalización de la educación superior en los ámbitos nacionales e internacionales. Propondrá acciones de formación en esos temas bajo distintas fórmulas (conferencias, seminarios, talleres y cursos) y fomentará la movilidad internacional e internacional de sus integrantes.   Mediante la página Web, publicaciones científicas y actividades de divulgación, contribuirá a la apropiación social del conocimiento generados por los integrantes de la RIMAC.

Artículo 2. Principios éticos.

La RIMAC funciona con base en los principios de la asociación voluntaria de sus miembros,   del   cumplimento   de   los   compromisos   que   asumieron,   individual   y colectivamente, y de colegialidad. Se fundamenta en la transparencia de los procesos, la autorregulación de sus integrantes y la buena fe. Es una estructura flexible que auspicia la colaboración de sus miembros entre sí, dentro de los subprogramas en los que participan y con instancias y servicios externos. En caso de incumplimiento de esos principios, el

Comité Técnico-Científico tomará las decisiones pertinentes.

Artículo 3. Principios de organización.

3.1. Para que la Red funcione adecuadamente, cada uno de sus integrantes debe presentar una propuesta individual de trabajo, con cronograma de actividades, recursos solicitados, productos entregables e indicadores de monitoreo, inserta en las líneas generales de trabajo de los subprogramas. Cada miembro académico es responsable del cumplimiento de las actividades para las que recibe financiamiento y tiene la obligación de enviar, con un mes de anticipación a la entrega del reporte anual ante el CONACYT de la representante de la RIMAC, un reporte de actividades vinculado con su plan de trabajo y un reporte administrativo.

3.2. Los subprogramas acordados tienen una vigencia bianual, conforme con el esquema de financiamiento del CONACYT. Podrán ser reconducidos o modificados por acuerdo de sus integrantes, en función de los productos y de las demandas externas de usuarios.

3.3. Cada subprograma tiene que contar con una masa crítica de por lo menos 3 investigadores con grado de doctor o equivalente (para los miembros extranjeros) e incorporar de preferencia a estudiantes de posgrado y/o a jóvenes investigadores.

3.4. La RIMAC constituye un espacio de agrupación de las capacidades detentadas por cada uno de sus integrantes. Conforme con ello, si bien sus integrantes se comprometen a generar individualmente productos, en función de los apoyos recibidos y de los acuerdos internos de los subprogramas, es deseable que participen en productos colectivos y se asocien a los otros subprogramas en función de sus intereses propios y de las necesidades de los colectivos.

3.5. La producción académica de la Red se inscribirá en los ámbitos de la investigación, l’expertise, la formación y la divulgación.

3.6. Los integrantes se comprometen a entregar productos individuales, con los debidos créditos a la Red y al programa CONACYT, así como a participar en producciones colectivas que permitan visibilizar la RIMAC.

3.7. Para acercarse a un escenario de sustentabilidad de la RIMAC, a mediano plazo, los integrantes deben buscar construir una red de usuarios externos interesados en sus temáticas.

Artículo 4. Membresía y proceso de admisión.

La RIMAC cuenta con miembros fundadores, respaldados por sus instituciones, los cuales participaron en la reunión de constitución de Red o manifestaron su interés por integrarse a ella durante la etapa fundacional de la misma. En su caso, los miembros fundadores o regulares solicitarán su baja mediante una carta dirigida al Comité Técnico- Científico, para que ese proceda al respecto en su siguiente reunión semestral. Las propuestas de participación en la RIMAC de nuevos miembros deberán ser examinadas en las reuniones del Comité Técnico-Científico y justificadas por escrito por los proponentes, con un plan de trabajo y el respaldo de una carta institucional de intención, como evidencia de la disposición de los establecimientos de adscripción para apoyar los trabajos de la RIMAC.

Artículo 5. Obligaciones y responsabilidades de los miembros académicos.

Los miembros académicos nacionales de la RIMAC tienen grado de doctor, desde hace por lo menos dos años. Entregan un programa anual de trabajo cada bienio, con objetivos, etapas, metas, actividades, entregables, plazos, modalidades de participación y rendición de cuentas que se comprometerán a cumplir en función de los recursos atribuidos. La selección de las actividades susceptibles de ser financiadas dependerá de los recursos autorizados por rubro por los organismos financiadores, de las prioridades científicas de cada subprograma y de las capacidades instaladas para cumplirlas. Cada miembro académico se compromete a entregar al coordinador de su subprograma, un mes antes de la rendición anual de cuentas, copia o evidencia de los productos comprometidos para los cuales recibió recursos por parte de la RIMAC. Los miembros académicos son responsables de proveer a las autoridades administrativas del CONACYT o, en caso de que proceda, del CINVESTAV los comprobantes fiscales correspondientes a los recursos recibidos o reintegrarlos en caso de no ejercicio en los plazos establecidos.

Artículo 6. Obligaciones y responsabilidades de los miembros estudiantiles.

Para ser miembros de la RIMAC, los estudiantes tendrán que desarrollar tesis cuyos temas sean afines a los de la Red, demostrar un vínculo académico o profesional con alguno de los miembros académicos de la Red y estar inscritos en un programa de posgrado o en estancias   postdoctorales. Estarán   repartidos en tres subcategorías: los jóvenes investigadores habrán sido titulados de doctorado desde hace menos de dos años y/o estarán realizando estancias postdoctorales. Los estudiantes de doctorado están inscritos regularmente en un posgrado. Ambas categorías tendrán acceso a apoyos, en la medida de los recursos disponibles, siempre y cuando entreguen un plan de trabajo con productos publicables y con reconocimiento a RIMAC. Los estudiantes de maestría recibirán apoyos con cargo a los proyectos individuales de quienes los postulan. Deberán ser dados de alta en la RIMAC y su programa de trabajo deberá contar con el aval de quien los dirige. Los miembros estudiantiles son responsables de proveer a las autoridades administrativas del CONACYT o, en caso de que proceda, del CINVESTAV los comprobantes fiscales correspondientes a los recursos recibidos o reintegrarlos en caso de no ejercicio en los plazos establecidos.

Los miembros estudiantiles estarán integrados en los distintos subprogramas de la RIMAC con el fin de interactuar con investigadores confirmados en el diseño, programación, ejecución de las tareas académicas y organizativas de la Red. Con el propósito de que la RIMAC les ofrezca asimismo un espacio de autonomía, se procurará que tengan asimismo una productividad colectiva con otros estudiantes con el fin de favorecer un aprendizaje progresivo de la autonomía. Una vez obtenidos su doctorado y una posición académica en alguna institución de educación   superior,   los miembros estudiantiles podrán ser incorporados a la RIMAC como miembros académicos, conforme con los requerimientos del proceso de admisión correspondiente y con el aval de dos miembros académicos del subprograma receptor y del Comité Técnico-Científico.

Artículo 7. Obligaciones y responsabilidades de los miembros externos.

Los miembros externos representan a agencias gubernamentales, redes nacionales e internacionales y organismos de cooperación bi o multilateral interesados en los trabajos realizados por los miembros académicos y estudiantiles de la Red. En forma voluntaria, pueden solicitar a los integrantes de la RIMAC, como individuos o miembros de un subprograma, la prestación de servicios de consultoría, formación y asesoría, aportando los recursos necesarios para la realización de las tareas pactadas, con fines de aportar a la sustentabilidad de la RIMAC. Asimismo, podrán participar en los proyectos de investigación y formación de la Red, conforme con las modalidades establecidas, en cada caso, con los responsables de los subprogramas.

Artículo 8. Comité Técnico-Científico.

El Comité Técnico-Científico es el órgano colegiado encargado de proponer y definir las actividades de la RIMAC, examinando en forma colegiada las propuestas turnadas por los miembros académicos. Los integrantes del Comité Técnico-Científico y su representante ante el CONACYT fueron nombrados por acuerdo de los asistentes a la Reunión de constitución de la Red RIMAC. Los integrantes del Comité Técnico-Científico son los coordinadores de los subprogramas.

Tienen como funciones asesorar al Coordinador (a) General de la Red, elaborar los planes de trabajo, incluyendo los presupuestos, del subprograma del que son responsables, identificar las líneas colectivas e individuales de trabajo de cada equipo, participar a la alimentación de la página Web, colaborar en la elaboración del Plan General de Trabajo y tomar las decisiones que les competen respecto de los asuntos concernientes a la RIMAC.

En colaboración con el (la) Coordinador (a) General de la RIMAC, integrarán las propuestas individuales presentadas como insumos para el Plan General de Trabajo. En caso de ser necesario, examinarán solicitudes de baja voluntaria y admisión, las propuestas científicas, de vinculación, de formación o de cualquier otro tipo. Estarán facultados para dirimir conflictos de tipo académico o ético entre los miembros de la RIMAC. Las reuniones semestrales del Comité Técnico-Científico cumplirán con los requisitos del CONACYT y podrán ser organizadas vía videoconferencia o presenciales según los recursos disponibles.

Artículo 9. Representante del Comité Técnico-Científico/Coordinador (a) General de la Red.

Representará la RIMAC ante el CONACYT y las instancias que la Red considere convenientes. Asumirá las funciones de coordinación general de la Red y, en esa condición, llevará a cabo actividades de difusión en eventos académicos nacionales e internacionales. Convocará, junto con el Comité Técnico-Científico, a una reunión general de los participantes de la Red cada 24 meses y programará las reuniones semestrales del Comité Técnico-Científico, enviando al CONACYT la minuta correspondiente. Fomentará actividades colectivas entre los integrantes de la Red y entre los subprogramas, negociando, junto con los coordinadores de los mismos, proyectos específicos. Propondrá asimismo a los miembros externos de la RIMAC proyectos de colaboración que involucren a otros miembros de la Red. Coordinará la elaboración la integración del programa bi-anual de trabajo de la Red, en colaboración con los coordinadores de los subprogramas. Canalizará al equipo logístico de la RIMAC los materiales enviado por los integrantes de la misma para su publicación en la página Web de la RIMAC y asumirá las responsabilidades de su función, definidas en los lineamientos generales del programa de Redes del CONACYT, con el apoyo de un auxiliar académico.

Artículo 10. Estructura de la Red.

La Red está estructurada en subprogramas. La denominación y el número de esos subprogramas serán revisados cada dos años por el Comité Técnico-Científico con base en la auscultación de los miembros, la productividad y propuestas o sugerencias de los equipos de trabajo, recibidas por escrito. Se buscará, en la medida de lo posible, una organización equitativa de la Red en cuanto a la condición de género y étnica de sus integrantes y a la distribución sectorial y territorial de los establecimientos participantes. La idea de conjuntar instituciones de educación superior y centros de investigación, con grados diversos de consolidación de sus capacidades de investigación, obedece a la voluntad de consolidar procesos de internacionalización focalizados que contribuyan a reducir las asimetrías entre las instituciones ubicadas en distintas regiones y a mejorar su calidad.

Artículo 11. Funcionamiento de la Red.

Debido a la naturaleza colectiva de la Red, cada subprograma deberá tener por lo menos una vez al año una reunión, virtual o presencial, en la que participen por lo menos el 50% de sus integrantes. Cada dos años, al terminar el bienio de actividades, la Coordinación General convocará una reunión, presencial o virtual, de la Red para definir sus temáticas y proyectos para el siguiente ciclo de actividades. Los miembros académicos y los miembros del Comité Técnico-Científico pueden gestionar apoyos concurrentes para las actividades que desarrollan en el marco de la RIMAC, a condición de informar al respecto a los coordinadores de los subprogramas y de otorgar los créditos correspondientes a la RIMAC y al CONACYT, siempre y cuando no haya incompatibilidades reglamentarias o conflictos de intereses.

Artículo 12. Sujetos de apoyo.

Conforme con la normatividad del CONACYT, son sujetos de apoyos los miembros académicos y estudiantiles cuyas instituciones hayan firmado o estén en proceso de firmar un convenio de adhesión a la RIMAC, cuyas actividades hayan sido insertadas en el plan de trabajo de cada subprograma y en el Plan General de Trabajo, en correspondencia con los rubros de financiamiento autorizados por el CONACYT u otros organismos patrocinadores.

Artículo 13. Productos académicos y prestación de servicios.

Todos los artículos, productos científicos, tesis, cursos y eventos académicos que recibieron recursos en el marco de la RIMAC, así como las consultorías y asesorías, deberán de llevar los créditos correspondientes y, en su caso, logos de los organismos patrocinadores además de los de las instituciones de adscripción de los participantes.