Reforma a la Ley General de Educación. Cambios al marco normativo de la educación en México.
Irais Graciela Barreto Canales[1]
9 de marzo, 2017
La llegada de Donald Trump a la presidencia de los Estados Unidos de América (EUA) ha generado una crisis en México. Su discurso poco a poco se ha traducido en decretos y decisiones que en breve tendrán consecuencias en nuestro país. La renegociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), la construcción del muro fronterizo entre México y Estados Unidos y la deportación de miles de personas son algunos de los temas que se encuentran a flor de piel: ellos procederán y ¿México?
Al sur del río Bravo, las decisiones a tomar no parecen claras. Sin embargo, en el transcurso de febrero 2017, varias propuestas para enfrentar las problemáticas más apremiantes han sido discutidas y en algunos casos, aprobadas. Una de las declaraciones que más preocupan, desde la campaña a la presidencia del entonces candidato Donald Trump, es el riesgo de deportación a los que están sometidos 11 millones de inmigrantes y la anulación del alivio migratorio: DAPA y DACA.[2] Esta situación afecta directamente a los dreamers a quienes Trump se ha dirigido con el mensaje de que no se preocupen “tanto” bajo el argumento de “soy un hombre de buen corazón”.
En el sector educativo, varios colectivos han definido tareas puntuales para atender una posible llegada masiva de mexicanos deportados que busquen insertarse en el sistema educativo y/o revalidar estudios para recomenzar una vida en México. El gobierno federal, a través de la Secretaría de Educación Pública, se ha sumado a la generación de acciones de diverso corte, llegando hasta modificaciones a la Ley de educación.
Iniciativa preferente de reforma a la Ley de Educación
El pasado 1 de febrero 2017, el Presidente Enrique Peña Nieto envió al Senado de la República la iniciativa de Reforma a la Ley General de Educación con carácter preferente.[3] En términos concretos, el objetivo fue hacer cambios que permitan reducir, simplificar y eliminar sustancialmente los requisitos para insertarse en el sistema educativo nacional y revalidar estudios superiores (“SEP reformará Ley de Educación para recibir a dreamers,” n.d.).[4]
Entre los cambios destacados, el artículo 14 propone “autorizar que las instituciones particulares de educación superior con reconocimiento de validez oficial de estudios, otorguen revalidaciones y equivalencias parciales de estudios de licenciatura”. La fracción XI señala que se “impedirá que la falta de documentos de identidad o académicos de niñas, niños y adolescentes sea un obstáculo para acceder al sistema educativo nacional. A efecto de lo anterior, se les deberá facilitar opciones para obtener la documentación que permita su integración o tránsito por el sistema educativo nacional” (“Propone Peña seis modificaciones a la Ley General de Educación en ‘iniciativa preferente’ | El Financiero,” n.d.).
Audiencias públicas
Una vez que la iniciativa llegó al Senado, la Comisión de Educación, cuyo responsable es el Senador Juan Carlos Romero Hicks, convocó a cinco audiencias públicas con el poder ejecutivo, las autoridades educativas locales, las organizaciones de la sociedad civil, los investigadores y las universidades e Instituciones de Educación Superior. Durante la primera audiencia el Senador Romero Hicks puso énfasis en que “esto no es solamente para migrantes deportados, es para cualquier persona que haya hecho estudios en el extranjero”. Lo anterior, en contraste con el contexto al que fue referida la iniciativa de refirma, una posible deportación de dreamers.
Por su parte, las autoridades educativas locales de Yucatán, Jalisco, Chihuahua, Estado de México, Morelos, Campeche, Baja California y Michoacán plantearon sus experiencias en materia de revalidación. Sus intervenciones mostraron de forma muy clara la diversidad de alternativas por las que han optado los gobiernos locales para facilitar los procesos. Indicaron asimismo que la revalidación y equivalencias debían apegarse al principio de movilidad académica pero señalaron que esa es poco desarrollada y complicada por el hecho de que algunas instituciones no cuentan con un RVOE local, sino sólo federal.
A esas problemáticas específicas del campo educativo nacional, se sumó la diversidad de los contextos locales: algunos estados son fronterizos, otros expulsan una gran cantidad de migrantes y, en los del sur, transitan los migrantes centroamericanos. La implementación de la Ley debería considerar la diversidad de estos escenarios. Igualmente, habría de ser acompañada por la asignación de recursos que permitan contar con un Sistema de Información de Gestión Educativa. Igualmente, sería importante no perder de vista consecuencias organizacionales indirectas: al ser esta Ley aplicable a los extranjeros que vengan a estudiar a México, favorecerá la importación de modelos educativos.
Por su parte, en otra mesa de dialogo, los representantes de la sociedad civil se enfocaron en casos concretos de dreamers que ya han tenido problemas para revalidar sus estudios. Pusieron énfasis en que falta realizar un análisis presupuestario, desarrollar un trabajo técnico con este sector, con académicos y con universidades habida cuenta de las pugnas en torno al derecho a la educación versus los procesos burocráticos, los cuales deberían estar vinculados no en contraposición.
Evidenciaron la falta de datos recientes sobre los procesos de revalidación y señalaron la falta de programas para atender a comunidades indígenas que hablan su idioma de origen y como segunda lengua el inglés. Por último, solicitaron modernizar el sistema de revalidación y equivalencia y que México reafirme su vocación de refugio porque se trata de un beneficio para el estudiante independientemente de su origen nacional.
Evidenciaron la falta de datos recientes sobre los procesos de revalidación y señalaron la falta de programas para atender a comunidades indígenas que hablan su idioma de origen y como segunda lengua el inglés. Por último, solicitaron modernizar el sistema de revalidación y equivalencia y que México reafirme su vocación de refugio porque se trata de un beneficio para el estudiante independientemente de su origen nacional.
Evidenciaron la falta de datos recientes sobre los procesos de revalidación y señalaron la falta de programas para atender a comunidades indígenas que hablan su idioma de origen y como segunda lengua el inglés. Por último, solicitaron modernizar el sistema de revalidación y equivalencia y que México reafirme su vocación de refugio porque se trata de un beneficio para el estudiante independientemente de su origen nacional.
En su turno, los académicos presentaron planteamientos para abordar la reinserción educativa y laboral. Pusieron sobre la mesa que las modificaciones deben hacerse desde la perspectiva de los niños que regresarán a México y estarán por primera vez en el país; otro señalamiento destacado fue que esta revalidación se haga por ciclos completos, se agilicen los trámites ante la complejidad de los dispositivos federales y estatales. En síntesis, los académicos indicaron que los problemas serán de carácter operativo ya que se requieren políticas educativas diferenciadas que atiendan a problemáticas específicas que no se presentan por igual en todos los estados y que ésta es una reforma insuficiente. Dejaron como pregunta abierta: ¿cómo aterrizar esta ley a nivel comunitario?
La participación final fue de las Universidades e Instituciones de Educación Superior, públicas y privadas. Sumaron sus experiencias en materia de revalidación y presentaron las acciones que tomarán ante la llegada masiva de migrantes con estudios profesionales. Valoraron de forma positiva la iniciativa de reforma. Las instituciones privadas se mostraron dispuestas a sumarse al proceso de revalidación de estudios.
Dictamen
Una vez terminada la reflexión de las audiencias y el trabajo legislativo, el Pleno del Senado aprobó en lo general, con 107 votos a favor y uno en contra, el dictamen que reforma la Ley General de Educación. El mismo fue elaborado por las comisiones unidas de Educación y Estudios Legislativos y contiene 13 modificaciones. Las modificaciones fueron publicadas y reseñadas por las comisiones como se señala a continuación.
• Con las modificaciones al artículo 2, se garantiza que todos los habitantes del país tengan las mismas oportunidades para transitar por todos los tipos y niveles del Sistema Educativo Nacional; al artículo 12 eleva a rango de ley la facultad de la Secretaría de Educación Pública (SEP) de establecer normas de control escolar que faciliten, en el caso de la educación básica, la inscripción, reinscripción, promoción, regularización, acreditación y certificación de estudios. Ese mismo artículo faculta a la SEP a emitir un marco nacional de cualificaciones, dirigido a agilizar la movilidad de estudiantes en el sistema educativo así como a autorizar a las instituciones particulares, con reconocimiento de validez oficial, y las públicas a otorgar revalidaciones y equivalencias parciales de estudios de educación media superior y superior.
• El artículo 14 establece que las autorizaciones antes mencionadas no tendrán carácter definitivo; el artículo 56 señala la obligación de las autoridades educativas de publicar en sus portales electrónicos la lista de instituciones autorizadas.
• La reforma al artículo 32 faculta a las autoridades educativas a implementar acciones dirigidas a atender, de manera preferente, a las personas que enfrentan situaciones de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, de identidad cultural, origen étnico o nacional o situación migratoria, entre otras.
• El artículo 33 obliga a las autoridades educativas federal y locales a garantizar el acceso a la educación de las personas que no cuenten con documentos académicos o de identidad. Cancela la obligatoriedad de presentar actas de nacimiento o apostillas.
• El artículo 63 establece que las autoridades educativas e instituciones que otorguen revalidaciones y equivalencias deberán promover la simplificación de dichos procedimientos, atendiendo a los principios de celeridad, imparcialidad, flexibilidad y asequibilidad.
• Contiene cuatro nuevos artículos transitorios: especifican que el marco nacional de cualificaciones deberá ser emitido por la SEP en un plazo no mayor a un año.La misma Secretaría deberá emitir o actualizar, en un plazo no mayor a 60 días, el marco jurídico del acuerdo secretarial 286.
Fuente: (“Senado aprueba reforma a Ley de Educación que facilita revalidación de estudios a migrantes” n.d.).
Estado actual del proceso
El dictamen ha sido turnado a la Cámara de Diputados para continuar el proceso legislativo el cual se espera sea resuelto a finales del mes de marzo.
Bibliografía
Guía del Alivio Migratorio. (n.d.). Revisado el 8 de marzo de 2017. Disponible en: http://aliviomigratorio.laopinion.com/
Iniciativa preferente. (n.d.). Revisado el 08 de marzo de 2017. Disponible en: http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=255
Propone Peña seis modificaciones a la Ley General de Educación en “iniciativa preferente” | El Financiero. (n.d.). Revisado el 07 de marzo de 2017. Disponible en: http://www.elfinanciero.com.mx/nacional/propone-pena-seis-modificaciones-a-la-ley-general-de-educacion-en-iniciativa-preferente.html
Senado aprueba reforma a Ley de Educación que facilita revalidación de estudios a migrantes. (n.d.). Revisado el 07 de marzo de 2017. Disponible en:
http://comunicacion.senado.gob.mx/index.php/informacion/boletines/34623-senado-aprueba-reforma-a-ley-de-educacion-que-facilita-revalidacion-de-estudios-a-migrantes.html
SEP reformará Ley de Educación para recibir a dreamers. (n.d.). Revisado el 07 de marzo de 2017. Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/articulo/nacion/sociedad/2017/01/31/sep-reformara-ley-de-educacion-para-recibir-dreamers
[1] Irais Graciela Barretto Canales es estudiante de doctorado en ciencias con especialidad en investigación educativa y es miembro de la Red sobre Internacionalización y Movilidades Académicas y Científicas (RIMAC), financiada por el programa de Redes Temáticas del CONACYT.
[2] DACA. Inmigrantes que llegaron antes de los 16 años. DAPA .una acción diferida para los padres de residentes legales o nacidos en EEUU que no sean una prioridad de deportación y han vivido en el país de forma ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2010 (“Guía del Alivio Migratorio,” n.d.).
[3] Proyecto de ley o decreto que presenta para trámite preferente o señala con este carácter el Ejecutivo federal el día de la apertura de cada periodo ordinario de sesiones. El propósito de esta figura es agilizar aquellos proyectos que el Presidente de la República considere primordiales para la nación (“Iniciativa preferente,” n.d.)
[4] En específico se proponen cambios a la Ley en la fracción III del artículo 14 de la Ley General de Educación, al segundo párrafo del artículo 60, el primer párrafo de los artículos 61 y 62; se adiciona una fracción XI Bis al artículo 33, y un quinto párrafo al artículo 63.
Para conocer más sobre este trabajo de investigación, lo invitamos a dar click en el siguiente enlace:IraisBarreto-Opiniones